miércoles, 9 de junio de 2010
martes, 8 de junio de 2010
NUEVO ESTATUTO DE PROFESIONALIZACION, PARA ATRAER Y RETENER A LOS MEJORES
El Presidente de la República, Andrés Pastrana Arango, expidió el Decreto-Ley 1278 de 2002 que establece el Nuevo Estatuto de Profesionalización Docente, de acuerdo con las facultades extraordinarias que le otorgó el artículo 111 de la Ley 715 de 2001. El nuevo estatuto busca atraer y retener a los mejores profesionales al servicio de la educación estatal, para lo cual exige a los futuros educadores no sólo niveles adecuados de formación sino que quienes aspiren a vincularse al servicio educativo estatal demuestren que son competentes para el ejercicio de la profesión. El estatuto regula el ingreso al servicio educativo y a la carrera docente, establece un periodo de prueba de un año, y evaluaciones de desempeño y competencias específicas para permanecer, ascender y ser retirados del escalafón.
La Ley 715 de 2001 sancionada el pasado diciembre, en su artículo 111 le otorgó al Presidente de la República facultades extraordinarias para la expedición de un Nuevo Estatuto para la Profesión Docente. Este nuevo estatuto es hoy una realidad y es parte fundamental de la Reforma Educativa con la cual se comprometió el actual Gobierno, que le permitirá al país contar con una mejor educación pública para los niños y niñas de Colombia.
En él se establecen los requisitos para el ingreso al servicio y a la carrera; el nuevo escalafón y las condiciones para permanecer, ascender y ser retirado del mismo; los incentivos y las evaluaciones tanto de desempeño como de competencias a las cuales serán sometidos los docentes en beneficio de la calidad del servicio educativo.
El nuevo estatuto cobija a los nuevos educadores. Los docentes y directivos docentes que están actualmente en carrera, 310.000 aproximadamente, no se verán afectados pero podrán acogerse voluntariamente a él si cumplen los requisitos establecidos para el ingreso.
Ingreso al servicio y a la carrera
El nuevo estatuto diferencia el ingreso al servicio del ingreso a la carrera; de hecho, establece que para poder estar en carrera se debe estar prestando el servicio educativo estatal. Quienes deseen ingresar, deben poseer como mínimo título profesional o ser normalistas superiores, y deberán presentarse a concurso público y abierto de acuerdo con la disponibilidad de plazas vacantes.
El concurso es un proceso que determina, mediante una evaluación de aptitudes, competencias, experiencia e idoneidad, entre otros, que el aspirante está en condiciones de ocupar un cargo en la carrera docente. Una vez ingresa a través de concurso, se le hará un nombramiento por un año, luego del cual deberá presentar una evaluación de desempeño laboral y de competencias.
Aquellos maestros que superen dicha evaluación adquieren los derechos de carrera y deberán ser inscritos en el escalafón. Los profesionales con títulos diferentes al de licenciado en educación, que superen el periodo de prueba, deberán acreditar que cursan o que han terminado un postgrado en educación o algún programa de pedagogía. Quienes no superen la prueba, serán separados del servicio y se podrán presentar a una siguiente convocatoria.
Evaluación permanente: docentes responsables por su desempeño
La evaluación es la de mayor importancia en el nuevo estatuto, toda vez que para ingresar, ascender y permanecer en el sistema, los docentes deberán demostrar a través de evaluación en competencias que están capacitados para dar sus clases o para dirigir la institución.
Para permanecer y ascender en la carrera docente (tanto en el escalafón como en la escala salarial), que es el régimen que ampara a los docentes estatales en el ejercicio de su profesión, se tendrá como fundamento el buen rendimiento en dichas evaluaciones.
Las evaluaciones que contempla el Nuevo Estatuto para docentes y directivos docentes tienen como objetivos principales el estimular el compromiso de educador con su desarrollo profesional y su capacitación; medir la actualización pedagógica y detectar las necesidades de capacitación; estimular el buen desempeño mediante el pago de incentivos; y establecer objetivamente la ubicación en el escalafón o el retiro del servicio de los docentes.
Estas evaluaciones son:
DE PERIODO DE PRUEBA: se realiza para el ingreso a la carrera, al finalizar el año escolar y comprende desempeño y competencias.
DE DESEMPEÑO: se realiza cada año. Quien obtenga calificación insatisfactoria en dos años consecutivos será retirado del servicio. Esta evaluación la realizan los distintos actores del proceso educativo. Los directivos docentes con calificación no satisfactoria serán regresados a la docencia si provenían de ésta.
DE COMPETENCIAS: Es voluntaria. Permite el ascenso o la reubicación de nivel salarial para quienes obtengan calificación sobresaliente. Quienes deseen presentarlas deber •n haber permanecido como mínimo tres años en el cargo.
¿Cómo queda el escalafón?
El Escalafón Docente, que es el sistema de clasificación de docentes y directivos estatales de acuerdo con su formación académica, su experiencia, responsabilidad, desempeño y superación de competencias, queda conformado por tres grados compuestos cada uno por cuatro niveles saláriales. Para ingresar al escalafón, los docentes deberán haber sido nombrados mediante concurso.
El Grado UNO, en el cual se ubicarán los normalistas superiores, tendrá cuatro niveles salariales. En el primero estarán quienes superen el periodo de prueba: ellos a su vez podrán aumentar su salario según la escala salarial, o ascender en el escalafón si cumplen los requisitos para el grado DOS.
Al grado DOS ingresarán los licenciados en Educación o profesionales con títulos diferentes que tengan postgrado en educación o hayan realizado un programa de pedagogía. Los niveles salariales podrán ser superados en orden secuencial con los resultados de la evaluación de competencias. Para ascender al grado TRES deberán además cumplir con los requisitos necesarios.
El TRES es el último grado del escalafón. Para ingresar directamente, los docentes deber•n ser licenciados en educación o profesionales, con título de maestría o doctorado en un área afín a la que van a desempeñar. Al igual que los grados UNO y DOS, éste tiene cuatro niveles que podrán ser superados de la misma manera.
Causas de retiro
Para ser retirado del escalafón, el nuevo estatuto contempla las siguientes causales:
1. Por destitución mediante proceso disciplinario, de acuerdo con el Código Disciplinario Único.
2. Por no superar la evaluación de período de prueba.
3. Por desempeño insatisfactorio durante dos años consecutivos.
4. Por renuncia voluntaria.
5. Por obtención de pensión de jubilación u otras.
La Ley 715 de 2001 sancionada el pasado diciembre, en su artículo 111 le otorgó al Presidente de la República facultades extraordinarias para la expedición de un Nuevo Estatuto para la Profesión Docente. Este nuevo estatuto es hoy una realidad y es parte fundamental de la Reforma Educativa con la cual se comprometió el actual Gobierno, que le permitirá al país contar con una mejor educación pública para los niños y niñas de Colombia.
En él se establecen los requisitos para el ingreso al servicio y a la carrera; el nuevo escalafón y las condiciones para permanecer, ascender y ser retirado del mismo; los incentivos y las evaluaciones tanto de desempeño como de competencias a las cuales serán sometidos los docentes en beneficio de la calidad del servicio educativo.
El nuevo estatuto cobija a los nuevos educadores. Los docentes y directivos docentes que están actualmente en carrera, 310.000 aproximadamente, no se verán afectados pero podrán acogerse voluntariamente a él si cumplen los requisitos establecidos para el ingreso.
Ingreso al servicio y a la carrera
El nuevo estatuto diferencia el ingreso al servicio del ingreso a la carrera; de hecho, establece que para poder estar en carrera se debe estar prestando el servicio educativo estatal. Quienes deseen ingresar, deben poseer como mínimo título profesional o ser normalistas superiores, y deberán presentarse a concurso público y abierto de acuerdo con la disponibilidad de plazas vacantes.
El concurso es un proceso que determina, mediante una evaluación de aptitudes, competencias, experiencia e idoneidad, entre otros, que el aspirante está en condiciones de ocupar un cargo en la carrera docente. Una vez ingresa a través de concurso, se le hará un nombramiento por un año, luego del cual deberá presentar una evaluación de desempeño laboral y de competencias.
Aquellos maestros que superen dicha evaluación adquieren los derechos de carrera y deberán ser inscritos en el escalafón. Los profesionales con títulos diferentes al de licenciado en educación, que superen el periodo de prueba, deberán acreditar que cursan o que han terminado un postgrado en educación o algún programa de pedagogía. Quienes no superen la prueba, serán separados del servicio y se podrán presentar a una siguiente convocatoria.
Evaluación permanente: docentes responsables por su desempeño
La evaluación es la de mayor importancia en el nuevo estatuto, toda vez que para ingresar, ascender y permanecer en el sistema, los docentes deberán demostrar a través de evaluación en competencias que están capacitados para dar sus clases o para dirigir la institución.
Para permanecer y ascender en la carrera docente (tanto en el escalafón como en la escala salarial), que es el régimen que ampara a los docentes estatales en el ejercicio de su profesión, se tendrá como fundamento el buen rendimiento en dichas evaluaciones.
Las evaluaciones que contempla el Nuevo Estatuto para docentes y directivos docentes tienen como objetivos principales el estimular el compromiso de educador con su desarrollo profesional y su capacitación; medir la actualización pedagógica y detectar las necesidades de capacitación; estimular el buen desempeño mediante el pago de incentivos; y establecer objetivamente la ubicación en el escalafón o el retiro del servicio de los docentes.
Estas evaluaciones son:
DE PERIODO DE PRUEBA: se realiza para el ingreso a la carrera, al finalizar el año escolar y comprende desempeño y competencias.
DE DESEMPEÑO: se realiza cada año. Quien obtenga calificación insatisfactoria en dos años consecutivos será retirado del servicio. Esta evaluación la realizan los distintos actores del proceso educativo. Los directivos docentes con calificación no satisfactoria serán regresados a la docencia si provenían de ésta.
DE COMPETENCIAS: Es voluntaria. Permite el ascenso o la reubicación de nivel salarial para quienes obtengan calificación sobresaliente. Quienes deseen presentarlas deber •n haber permanecido como mínimo tres años en el cargo.
¿Cómo queda el escalafón?
El Escalafón Docente, que es el sistema de clasificación de docentes y directivos estatales de acuerdo con su formación académica, su experiencia, responsabilidad, desempeño y superación de competencias, queda conformado por tres grados compuestos cada uno por cuatro niveles saláriales. Para ingresar al escalafón, los docentes deberán haber sido nombrados mediante concurso.
El Grado UNO, en el cual se ubicarán los normalistas superiores, tendrá cuatro niveles salariales. En el primero estarán quienes superen el periodo de prueba: ellos a su vez podrán aumentar su salario según la escala salarial, o ascender en el escalafón si cumplen los requisitos para el grado DOS.
Al grado DOS ingresarán los licenciados en Educación o profesionales con títulos diferentes que tengan postgrado en educación o hayan realizado un programa de pedagogía. Los niveles salariales podrán ser superados en orden secuencial con los resultados de la evaluación de competencias. Para ascender al grado TRES deberán además cumplir con los requisitos necesarios.
El TRES es el último grado del escalafón. Para ingresar directamente, los docentes deber•n ser licenciados en educación o profesionales, con título de maestría o doctorado en un área afín a la que van a desempeñar. Al igual que los grados UNO y DOS, éste tiene cuatro niveles que podrán ser superados de la misma manera.
Causas de retiro
Para ser retirado del escalafón, el nuevo estatuto contempla las siguientes causales:
1. Por destitución mediante proceso disciplinario, de acuerdo con el Código Disciplinario Único.
2. Por no superar la evaluación de período de prueba.
3. Por desempeño insatisfactorio durante dos años consecutivos.
4. Por renuncia voluntaria.
5. Por obtención de pensión de jubilación u otras.
¿ QUE ES LA FORMACION POR CICLOS PROPEDEUTICOS
Formación por ciclos propedéuticos
En Colombia predominaba el concepto de la Educación Técnica profesional y Tecnológica -TyT- como programas cerrados y concluyentes; es por eso que estos niveles de formación, los cuales hacen parte de la Educación Superior, no estaban articulados entre si.
Pero con la entrada en vigencia de la Ley 749 de 2002 esta realidad empezó a cambiar. Dicha ley introduce en el sistema educativo la formación por ciclos con carácter propedéutico, específicamente en las áreas de ingenierías, la tecnología de la información y la administración.
Posteriormente, la Ley 1188 de 2008, la cual regula el registro calificado de programas de Educación Superior, amplía la posibilidad de formación por ciclos a todas las áreas del conocimiento. Según esta ley: "Todas las instituciones de Educación Superior podrán ofrecer programas académicos por ciclos propedéuticos hasta el nivel profesional en todos los campos y áreas del conocimiento dando cumplimiento a las condiciones de calidad previstas en la presente ley y ajustando las mismas a los diferentes niveles, modalidades y metodologías educativas".
¿Qué es un ciclo propedéutico?
Los ciclos son unidades interdependientes, complementarias y secuenciales; mientras que el componente propedéutico hace referencia al proceso por el cual se prepara a una persona para continuar en el proceso de formación a lo largo de la vida, en este caso particular, en el pregrado.
En consecuencia, un ciclo propedéutico se puede definir como una fase de la educación que le permite al estudiante desarrollarse en su formación profesional siguiendo sus intereses y capacidades.
¿Cuáles son los ciclos propedéuticos?
Los ciclos propedéuticos en la formación de pregrado organizan la Educación Superior en tres etapas: flexibles, secuenciales y complementarias. Esto se refiere a que el estudiante puede iniciar sus estudios de pregrado con un programa técnico profesional (2 ó 3 años) y transitar hacia la formación tecnológica (3 años), para luego alcanzar el nivel de profesional universitario (5 años).
De acuerdo con la Ley 749 de 2002, el primer ciclo abarca la formación técnica profesional que comprende tareas relacionadas con actividades técnicas que pueden realizarse autónomamente.
El segundo ciclo tiene que ver con la formación tecnológica, la cual desarrolla "responsabilidades de concepción, dirección y gestión". Por último, el tercer ciclo es el profesional, el cual "permite el ejercicio autónomo de actividades profesionales de alto nivel, e implica el dominio de conocimientos científicos y técnicos".
En la educación por ciclos propedéuticos el estudiante es libre de escoger una carrera técnica profesional o tecnológica y recibir un título profesional que lo acredita como una persona con competencias específicas para un determinado oficio. Si así lo decide, el egresado puede ingresar al siguiente ciclo y recibir su correspondiente diploma. Es importante tener en cuenta que cada ciclo ofrece la posibilidad de realizar una especialización.
Cada ciclo tiene un propósito educativo, un perfil profesional y un campo de desempeño diferente. Se trata entonces de articular cada uno de los ciclos o eslabones en una cadena articulada que desarrolla un proceso de formación por niveles, cada uno con competencias más complejas y menos específicas que el anterior.
Con la formación por ciclos propedéuticos, las Instituciones de Educación Superior –IES- tienen una oportunidad para organizar sus programas académicos en forma coherente y coordinada, y vincularlos, además, con los sectores productivos. Adicionalmente, permiten la movilidad tanto en el sistema como hacia el mundo laboral, lo que enriquece la formación del individuo de acuerdo con el contexto en el que se desenvuelve. Esta movilidad, aunada a la flexibilidad que introducen los ciclos propedéuticos, promoverá el aumento de la permanencia estudiantil en la Educación Superior.
De esta manera, se impulsa el fortalecimiento de la Educación Técnica profesional y Tecnológica –TyT-, gracias al diseño de programas por ciclos propedéuticos que permiten el desarrollo de competencias acordes con los requerimientos del sector productivo, consolidando una educación pertinente y dirigida a aportar desde la educación a la construcción de un país cada vez más competitivo.
En Colombia predominaba el concepto de la Educación Técnica profesional y Tecnológica -TyT- como programas cerrados y concluyentes; es por eso que estos niveles de formación, los cuales hacen parte de la Educación Superior, no estaban articulados entre si.
Pero con la entrada en vigencia de la Ley 749 de 2002 esta realidad empezó a cambiar. Dicha ley introduce en el sistema educativo la formación por ciclos con carácter propedéutico, específicamente en las áreas de ingenierías, la tecnología de la información y la administración.
Posteriormente, la Ley 1188 de 2008, la cual regula el registro calificado de programas de Educación Superior, amplía la posibilidad de formación por ciclos a todas las áreas del conocimiento. Según esta ley: "Todas las instituciones de Educación Superior podrán ofrecer programas académicos por ciclos propedéuticos hasta el nivel profesional en todos los campos y áreas del conocimiento dando cumplimiento a las condiciones de calidad previstas en la presente ley y ajustando las mismas a los diferentes niveles, modalidades y metodologías educativas".
¿Qué es un ciclo propedéutico?
Los ciclos son unidades interdependientes, complementarias y secuenciales; mientras que el componente propedéutico hace referencia al proceso por el cual se prepara a una persona para continuar en el proceso de formación a lo largo de la vida, en este caso particular, en el pregrado.
En consecuencia, un ciclo propedéutico se puede definir como una fase de la educación que le permite al estudiante desarrollarse en su formación profesional siguiendo sus intereses y capacidades.
¿Cuáles son los ciclos propedéuticos?
Los ciclos propedéuticos en la formación de pregrado organizan la Educación Superior en tres etapas: flexibles, secuenciales y complementarias. Esto se refiere a que el estudiante puede iniciar sus estudios de pregrado con un programa técnico profesional (2 ó 3 años) y transitar hacia la formación tecnológica (3 años), para luego alcanzar el nivel de profesional universitario (5 años).
De acuerdo con la Ley 749 de 2002, el primer ciclo abarca la formación técnica profesional que comprende tareas relacionadas con actividades técnicas que pueden realizarse autónomamente.
El segundo ciclo tiene que ver con la formación tecnológica, la cual desarrolla "responsabilidades de concepción, dirección y gestión". Por último, el tercer ciclo es el profesional, el cual "permite el ejercicio autónomo de actividades profesionales de alto nivel, e implica el dominio de conocimientos científicos y técnicos".
En la educación por ciclos propedéuticos el estudiante es libre de escoger una carrera técnica profesional o tecnológica y recibir un título profesional que lo acredita como una persona con competencias específicas para un determinado oficio. Si así lo decide, el egresado puede ingresar al siguiente ciclo y recibir su correspondiente diploma. Es importante tener en cuenta que cada ciclo ofrece la posibilidad de realizar una especialización.
Cada ciclo tiene un propósito educativo, un perfil profesional y un campo de desempeño diferente. Se trata entonces de articular cada uno de los ciclos o eslabones en una cadena articulada que desarrolla un proceso de formación por niveles, cada uno con competencias más complejas y menos específicas que el anterior.
Con la formación por ciclos propedéuticos, las Instituciones de Educación Superior –IES- tienen una oportunidad para organizar sus programas académicos en forma coherente y coordinada, y vincularlos, además, con los sectores productivos. Adicionalmente, permiten la movilidad tanto en el sistema como hacia el mundo laboral, lo que enriquece la formación del individuo de acuerdo con el contexto en el que se desenvuelve. Esta movilidad, aunada a la flexibilidad que introducen los ciclos propedéuticos, promoverá el aumento de la permanencia estudiantil en la Educación Superior.
De esta manera, se impulsa el fortalecimiento de la Educación Técnica profesional y Tecnológica –TyT-, gracias al diseño de programas por ciclos propedéuticos que permiten el desarrollo de competencias acordes con los requerimientos del sector productivo, consolidando una educación pertinente y dirigida a aportar desde la educación a la construcción de un país cada vez más competitivo.
PODCAST
¿Qué es un podcast?
Consiste en la distribución de archivos multimedia normalmente audio o video mediante un sistema de sindicación que permita suscribirse y usar un programa que lo descarga para que el usuario lo escuche en el momento que quiera. Un podcast se asemeja a una suscripción a un blog hablado en la que recibimos los programas a través de Internet. una ventaja del podcast es la posibilidad de escuchar en lugares sin cobertura.
El tema de un podcast es variado recetas de cocina, tecnología, monólogos de humor, cultura, música, son solo algunas de las temáticas tratadas en estos archivos de audio, el límite lo pone la creatividad del autor.
El termino podcast se utilizo por primera vez el doce de febrero de 2004 en el periódico the guardian, inicialmente se refería a las emisiones de audio pero ahora se usa para referirse de forma común en emisiones multimedia de video o audio.Algunos audio libros son descargados en forma de pocast
¿COMO SE HACE UN PODCAST?
y por lo general se hace el video de una persona hablado sobre determinado tema. Hay diversos temas de podcast por lo general son de tipo tecnológico. Es muy común el uso de un guion y otros lo hacen basándose en lo aprendido frente al tema.
Estos videos se pueden escuchar o ver desde cualquier computador, algunas personas tienen algunos problemas al cargar estos archivos puesto que son muy grandes y ocupan mucho espacio.
Solo hay dos pasos para hacer un podcast :
El primero es grabar algún tipo de información ya sea con música de fondo o solo la voz con cualquier programa de grabación y el segundo paso es es pasar esta grabación o archivo a mp3 y tener en cuenta el tiempo.
Consiste en la distribución de archivos multimedia normalmente audio o video mediante un sistema de sindicación que permita suscribirse y usar un programa que lo descarga para que el usuario lo escuche en el momento que quiera. Un podcast se asemeja a una suscripción a un blog hablado en la que recibimos los programas a través de Internet. una ventaja del podcast es la posibilidad de escuchar en lugares sin cobertura.
El tema de un podcast es variado recetas de cocina, tecnología, monólogos de humor, cultura, música, son solo algunas de las temáticas tratadas en estos archivos de audio, el límite lo pone la creatividad del autor.
El termino podcast se utilizo por primera vez el doce de febrero de 2004 en el periódico the guardian, inicialmente se refería a las emisiones de audio pero ahora se usa para referirse de forma común en emisiones multimedia de video o audio.Algunos audio libros son descargados en forma de pocast
¿COMO SE HACE UN PODCAST?
y por lo general se hace el video de una persona hablado sobre determinado tema. Hay diversos temas de podcast por lo general son de tipo tecnológico. Es muy común el uso de un guion y otros lo hacen basándose en lo aprendido frente al tema.
Estos videos se pueden escuchar o ver desde cualquier computador, algunas personas tienen algunos problemas al cargar estos archivos puesto que son muy grandes y ocupan mucho espacio.
Solo hay dos pasos para hacer un podcast :
El primero es grabar algún tipo de información ya sea con música de fondo o solo la voz con cualquier programa de grabación y el segundo paso es es pasar esta grabación o archivo a mp3 y tener en cuenta el tiempo.
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